Imagen abstracta de cuerpos en interacciones violentas

"Illustrations about violence" por Sveta Mullari (Behance, CC BY-NC-SA)

Al menos 9 millones de mujeres en México han vivido violencia digital, reciben más propuestas de carácter sexual (30.8% mujeres, 13.1% hombres), y más contenido sexual no solicitado (23.9% mujeres, 14.7% hombres), según el Módulo sobre Ciberacoso del INEGI (2017).

Entre los tipos de violencia digital contra las mujeres, la difusión de imágenes íntimas sin consentimiento es usada como forma de coerción para obligar a sostener relaciones no deseadas, o llega a niveles organizados a través de redes de “packs”, que son conjuntos de archivos acumulados de imágenes íntimas que son intercambiadas por otros para nutrir bases de datos de escalas mayores, en las que intermedian extorsiones y amenazas.

En los últimos años esta forma de ataque se ha vuelto una preocupación pública, se han generado campañas, cobertura mediática y una ola reformista que ha buscado que se reconozca como delito en los códigos penales a nivel estatal.

Las críticas

Organizaciones han subrayado las imprecisiones de las reformas, pues consideran que abren la puerta a la restricción injustificada de otros derechos como la libertad de expresión, que algunos términos son ambiguos y se establecen sanciones desproporcionadas (Article 19). Especialistas apuntan que se legislan conductas que ya son delitos en los mismos códigos penales, y no se contemplan otras vías de resolución como la civil.

¿Las reformas se han traducido en mayor acceso a la justicia?

México es un país de leyes sin justicia. En 2018 el 93.2% de los delitos no se denunciaron y en el 51% de las averiguaciones previas no pasó nada (INEGI, 2018). Las reformas de violencia sexual digital enfrentan el mismo reto y por eso es pertinente preguntar ¿cuál es el impacto que han tenido?, ¿desde su aprobación están siendo una vía real para el acceso a la justicia de las mujeres?

En Luchadoras queremos contestar estas preguntas, para ello estamos investigando cuáles son las diferencias entre las reformas estatales, cuál es el nivel de denuncias en los estados donde se han adoptado, y si han garantizado un mayor acceso a la justicia y la reparación.

Con base en la información de dos estados que adoptaron primero estas reformas, Chihuahua (2017) y Jalisco (2018), hemos llegado a tres hallazgos principales.

En Luchadoras estamos investigando cuáles son las diferencias entre las reformas estatales, cuál es el nivel de denuncias en los estados donde se han adoptado, y si han garantizado un mayor acceso a la justicia y la reparación.

  1. Reformas muy dispares 

Actualmente 26 estados han modificado sus legislaciones para sancionar la difusión de imágenes íntimas sin consentimiento. Diecisiete de estas reformas han sido impulsadas por el Frente Nacional para la Sororidad y son conocidas como “Ley Olimpia”.

Estas reformas han consistido principalmente en modificar la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para reconocer el espacio digital como una modalidad donde se ejerce la violencia; y/o en modificar el Código Penal estatal. Todas las reformas son muy distintas a pesar de que la mayoría surge de un mismo impulso, en cada estado tutelan bienes jurídicos distintos y tipifican conductas distintas. En la mayoría de los casos es una agravante si la víctima es persona menor de edad.

En Chihuahua desde 2017 se sanciona en el Código Penal la difusión de imágenes íntimas sin consentimiento bajo el título de “Sexting” (Artículo 180 bis), y en Jalisco desde 2018 bajo el capítulo de “Ultrajes a la Moral o a las Buenas Costumbres e Incitación a la Prostitución” (Artículo 135 bis).

La reforma en Chihuahua falló al confundir la expresión sexual a través de las tecnologías (sexting), con la violación de la privacidad al difundir el contenido a terceros sin consentimiento. Y Jalisco al considerarlo como una forma de “Ultrajes a la Moral”, prioriza la tutela de un supuesto “bien moral” colectivo, sobre los derechos de las mujeres. La forma en que ambos legislan revela cómo el Estado concibe a las mujeres como sujetas de derechos. Niega sus derechos sexuales, o bien su derecho a la privacidad.

La forma en que ambos (Chihuahua y Jalisco) legislan revela cómo el Estado concibe a las mujeres como sujetas de derechos. Niega sus derechos sexuales, o bien su derecho a la privacidad.

  1. La violencia sexual digital afecta más a las mujeres

A través de solicitudes de información a Fiscalías y Poderes Judiciales en Chihuahua y Jalisco recogimos información sobre el número de denuncias recibidas, carpetas de investigación y causas penales iniciadas por el delito de difusión de imágenes íntimas sin consentimiento, a partir de la entrada en vigor de las reformas.

Las cifras son contundentes, la vasta mayoría de las denuncias son hechas por mujeres: 96% de las 457 víctimas en Chihuahua y 89% de las 206 víctimas en Jalisco son mujeres. Y en Chihuahua, 108 de ellas menores de edad.


Elaborado por Luchadoras MX

  1. El acceso a la justicia no avanza

En ambos estados aunque las mujeres interpusieron denuncias, la justicia les quedó pendiente. Son mínimos los casos en los que se llegó a investigaciones exitosas, al procesamiento o sanción de los responsables. La mayor parte de las carpetas de investigación siguen en trámite desde hace uno o dos años.

En Chihuahua el 81% de las carpetas de investigación se encuentran en trámite es decir 361 de 446. De ellas, 159 (36% del total) llevan más de un año en investigación, pues corresponden a carpetas aperturadas en 2017 y 2018. En Jalisco, de las 202 carpetas de investigación aperturadas, 75 (37%) también seguían en trámite.


Elaborado por Luchadoras MX

Al archivo temporal fueron remitidas 18 carpetas en Chihuahua y 17 en Jalisco, es decir, quedan pausadas indeterminadamente porque los agentes ministeriales consideran que no pueden allegarse de elementos suficientes para iniciar un proceso, podrían quedar en el olvido y no resolverse jamás.

Son mínimos los casos en los que se llegó a investigaciones exitosas, al procesamiento o sanción de los responsables.

No todas las investigaciones que se abren terminan con la judicialización del caso. En Chihuahua hubo 26 carpetas que fueron concluidas porque la víctima otorgó el perdón y en 7 casos se determinó el no ejercicio de la acción penal. En Jalisco 5 casos concluyeron en acuerdo reparatorio. No tenemos certeza si estas soluciones alternas fueron satisfactorias para las víctimas.

De las 446 carpetas de investigación abiertas en Chihuahua sólo 5 dieron lugar a causas penales. De estas, una fue sobreseída y en otra se dictó una suspensión condicional del proceso. Del resto se desconoce la situación actual. En Jalisco sólo se inició una causa penal que también derivó en una suspensión condicional del proceso.


Elaborado por Luchadoras MX

Estos casos nos muestran que ni la apertura de una carpeta de investigación conlleva su judicialización, ni la judicialización de un caso necesariamente concluirá con una sentencia condenatoria que implique el encarcelamiento.

¿Qué funciona? ¿Qué tiene que cambiar?

Las mujeres han hecho su parte, acudieron a las autoridades para denunciar. Para la mayoría será lo máximo que podrán lograr, 622 mujeres han denunciado difusión de imágenes íntimas sin consentimiento en Chihuahua y Jalisco desde la aprobación de las reformas, la mayoría permanece en trámite al día de hoy. Denunciar violencia digital no ha sido garantía de resolución.

Desde la aprobación de las reformas, en Chihuahua solo el 6.9% de las carpetas de investigación abiertas llegaron a alguna forma de resolución, en Jalisco el 3%. En Chihuahua sólo se iniciaron 5 causas penales por difusión de imágenes íntimas sin consentimiento, en Jalisco 1.

En ambos casos es claro que reformar el Código Penal para sancionar el delito de difusión de imágenes íntimas sin consentimiento no se ha traducido en un mayor acceso a la justicia para las mujeres.

La gran necesidad de responder a este problema, que se confirma por el alto nivel de denuncias, se queda empantanada en las tuberías del sistema de acceso a la justicia, ahí está el cuello de botella. Más allá de reformar leyes, se requiere fortalecer las capacidades de las autoridades, para que tengan elementos suficientes para allegarse la información útil para completar investigaciones exitosas, que después puedan traducirse en respuestas satisfactorias a las necesidades de justicia y reparación de las mujeres que enfrentan violencia digital.

Este post, de autoría de Luchadoras MX (@luchadorasmx) ha sido publicado primero en Animal Político el 27 de abril de 2020. Las investigadoras responsables del proyecto sobre reformas estatales son Ixchel Aguirre, Lulú V. Barrera, Mayela Sánchez y Anaiz Zamora. Los gráficos en este artículo han sido elaborados por Luchadoras MX.

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