El evento fue presidido por Anriette Esterhuysen (Directora Ejecutiva de APC) y Hallenborg Johan (Asesor Especial del Departamento de Derecho Internacional, Derechos Humanos y Tratado sobre el Derecho del Ministerio sueco de Asuntos Exteriores).


Entre los/as panelistas invitados/as se encontraron Frank La Rue (Relator Especial de la ONU para la Promoción y Protección del Derecho a la Libertad de Expresión y Opinión), Desiree Zeljka Miloshevic (Senior Public Policy and International Affairs Adviser at Afilias), Marina Maria (Asistente de comunicación y proyectos, Secretariado del Observatorio de Sexualidad y Política, Associação Brasileira Interdisciplinar de AIDS), Manal Hassan (activista, bloggera y consultora de TIC en Sudáfrica y Egipto) y Shahzad Ahmad (Bytes 4 All, Pakistan).


El panel se centró en el impacto concreto de la libertad de expresión y la libertad de asociación sobre las mujeres y los derechos sexuales, incluidas las cuestiones del bloqueo y la manipulación de contenidos en internet, la invasión de la privacidad y la protección de datos, vigilancia ilegal o limitaciones del acceso a internet.


El evento salió muy bien y tuvo una asistencia realmente interesante para este tipo de evento, alrededor de 50 personas (con excelente balance de representación de género) que fueron y, lo más importante ¡se quedaron hasta el final! Esta ocasión revistió una crucial importancia dado que es la primera vez que se llevan al Consejo de Derechos Humanos estas cuestiones y hay mucho deseo de aprender e interiorizarse en el asunto.


Marina Maria fue la encargada de presentar el proyecto EROTICS ante las personas presentes y recorrió los puntos más destacados a los que llegó la investigación, que mostraron que internet es una herramienta de vital importancia para las mujeres, especialmente las jóvenes, pero también para grupos marginalizados tales como personas transexuales, para buscar y encontrar información sobre sus derechos y también sobre salud. También demostró que internet es clave para que grupos tales como activistas queer o lesbianas se organicen y mobilicen para el avance de sus derechos. Destacó que los hallazgos de la investigación EROTICS apuntan a que en todos los países las medidas adoptadas para regular internet pueden afectar negativamente esas posibilidades y los derechos a la libertad de expresión, acceso a la información y privacidad.


Marina habló sobre la experiencia particular del proyecto EROTICS en Brasil, que giró alrededor de dos componentes: un mapeo de debates políticos recientes sobre regulación de internet en Brasil y un estudio etnográfico sobre prácticas de internet.

El Relator Especial Frank La Rue hizo aportes interesantes: sostuvo que hay que descriminalizar la libertad de expresión siempre, aunque haya riesgo de blasfemia o difamación; afirmó que bloquear sitios porno no quiere decir que un estado esté protegiendo a la infancia y que hay que investigar offline; también defendió el acceso universal a internet y manifestó que no tiene que ser la tecnología de la elite.


Hallenborg hizo hincapié en que el Consejo de Derechos Humanos debería insistir en unir los mundos de los derechos humanos e internet. Hubo consenso general en este sentido, de que las comunidades de internet y de derechos humanos deben trabajar juntas en este tema.


Es importante recordar que en el punto 9 de la Declaración escrita presentada por la Asociación para el Progreso de las Comunicaciones, se felicita al Relator Especial por hacer referencia a los derechos humanos de las mujeres:


“Recordamos los compromisos de los estados con los derechos humanos de las mujeres y el reciente énfasis de la Comisión sobre la Condición de la Mujer sobre mujeres, ciencia y tecnología. Los derechos de las mujeres a la libertad de expresión y la libertad de asociación deben ser respetados y protegidos. Toda forma de violencia de género, (incluyendo la violencia doméstica, la violencia sexual y el acoso), tanto en la esfera pública como en la privada, es una forma de discriminación y una violación de los derechos humanos de las mujeres (Recomendación General 19, Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, 11ª Sesión, 1992). Los estados deben dar todos los pasos necesarios para prevenir y eliminar esa forma de violencia. Respecto de internet, esto significa asegurar que las leyes, políticas y prácticas no permitan crear nuevas formas de violencia contra las mujeres, como acoso cibernético, vigilancia digital, monitoreo de datos y otras interferencias con los derechos de las mujeres. Los derechos humanos de las mujeres deben ser respetados y protegidos y nunca restringidos, de manera directa o indirecta, en nombre de la “seguridad” u otras medidas de orden público, excepto en concordancia con las normas acordadas de derechos humanos, incluyendo los derechos de las mujeres.”


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